Desde el 1 de octubre de 2021, la Generalitat dispone de un registro único de solicitantes de vivienda.
Podéis solicitar la inscripción en el registro único en el siguiente enlace: https://www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=21712
También se puede hacer el trámite a las oficinas de Servicios Sociales del Ayuntamiento de Massalavés.
Requisitos:
– Ser mayor de edad y tener vecindad administrativa con al menos un año de residencia en la Comunidad Valenciana.
– Tener necesidad de vivienda acreditada y que la suma de los ingresos de las personas de la unidad de convivencia, no supero 4,5 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM).
Necesidad de vivienda acreditada:
• Persona privada del uso y goce de la vivienda por haber sido asignada judicialmente como vivienda habitual de su cónyuge después de un proceso de separación, divorcio o nulidad matrimonial.
• Persona en situación de discapacidad, diversidad funcional o dependencia para la cual la vivienda habitual no es accesible y no se puede adaptar.
• Mujer víctima de violencia de género que tiene que cambiar de domicilio a causa de esta circunstancia.
• Víctima de tráfico de seres humanos o de un delito de odio que necesito cambiar de domicilio por esta circunstancia.
• Vivienda inadecuada por superficie en cuanto a la unidad de convivencia.
• Vivienda que no cumpla los requisitos de funcionalidad, calidad, habitabilidad, seguridad y accesibilidad.
• Titular del derecho de realojamiento por actuaciones urbanísticas de iniciativa pública.
• Que la unidad de convivencia sea titular de un contrato de alquiler y el coste del alquiler suponga más del 25% de su capacidad económica.
• Unidades de convivencia en circunstancias de vulnerabilidad o riesgo de exclusión.